COMUNICADO ACLARATORIO SOBRE EL CASO DE LAS CASAS DE CHCHIMILÁ

Con relación a lo acontecido el pasado 11 de febrero del presente año, en el Municipio de Chichimilá en el estado de Yucatán, me permito, en mi derecho de réplica, hacer las siguientes aclaraciones:

 

Fuimos convocados a una reunión en ese Municipio, por medio del Sr. Arturo Ciau Puc, con la finalidad de informar a un grupo de personas residentes locales acerca de los apoyos para edificación de una vivienda, de la cual son solicitantes por voluntad propia e individual.

 

Siendo así nos apersonamos en ese lugar los Sres. Guillermo Cauich Durán y Candy Cetz Puch con la finalidad de dar atención e información  a los mencionados, sin embargo para nuestra desagradable sorpresa el mencionado Arturo Ciau Puc, empezó a crear un ambiente hostil contra nosotros exhortando a los asistentes a hacernos daño físicamente acusándonos de fraude, motivo por el cual la gente enardecida intento lincharnos a pesar de que nosotros tratábamos de calmar la situación, por lo que tuvimos que ser resguardados en los separo de la  comandancia de Chichimila y de de ahí nos trasladamos a la oficina del alcalde Francisco Medina Martín, puesto que fuimos retenidos contra nuestra voluntad (Privación Ilegal De La Libertad) y amenazados en nuestra integridad física, hechos constitutivos de diversos delitos por los que actuaremos de forma legal contra el supuesto, ya que también nos obligó a firmar un documento y una serie de pagarés supuestamente a favor de la gente con muy poco plazo para su cumplimiento.

 

Al respecto manifestamos lo siguiente:

 

PRIMERO. El mencionado agresor C. Arturo Ciau Puc, no es representante legal de dichas personas, puesto que no cuenta con documento legal que le dé legalmente la representación de cada uno de ellos.

SEGUNDO. En virtud de no contar con esa representación legal, no tiene el poder de decidir por cada uno ellos ni manipularlos para realizar acciones constitutivas de delitos.

 

TERCERO. Las acciones del C. Arturo Ciau Puc, obedecen a intereses personales y políticos con el fin de obtener notoriedad personal para sus fines utilizando a las personas truncando un beneficio que les es necesario.

 

CUARTO. A la gente siempre se le mantuvo informada que este apoyo no tenía injerencia de ningún nivel de gobierno y que deberían tener paciencia aun si el tiempo excedía, ya que los materiales tienen su provisión en un tejido social de donaciones y subsidios, y que la aportación que dieron no era para la compra de una casa, puesto que nadie les vendería una casa en esa irrisoria cantidad, sino que sería aplicada a todos los gastos inherentes para el logro del propósito, como levantamiento topográfico, integración de expediente técnico individual, gastos administrativos, viáticos, papelería etc., a lo que la gente estuvo en total acuerdo, y además se hizo por medio de un contrato que está vigente, dando dentro de este contrato, la garantía de cumplimiento, es decir se cumplía con lo contratado o se devolvía el dinero, para lo cual las personas solo tenían que cumplir con el requisito de solicitarlo de forma escrita y esperar el termino acordado para que les fuera entregado peso por peso su recurso, ya que así se convino con la Fundación ejecutora del proyecto, por ello volvemos a confirmar el DOLO EN LA ACCIONES DE ESTE SEÑOR.

 

QUINTO. Aunado a lo anterior, el C. Arturo Ciau Puc, se ha dado a la tarea de dar falso testimonio en medios de comunicación y redes sociales de la situación, sorprendido o en complicidad (cuestión que ignoramos) con los medios que sin tener un respaldo documental para su nota hacen señalamientos sin sustento, situación sobre la cual también se está actuando legalmente por las partes que dolosamente se involucran por el daño causado y de lo cual tendrá que responder el mencionado, no en medios sino ante autoridad correspondiente.

 

SEXTO. Sin embargo, y a pesar de las batallas legales que se libren con él o los responsables, seremos prudentes con las personas y ya se trabaja para que a la brevedad les sea devuelto el importe de su aportación a cada uno de los participantes del Municipio de Chichimilá.

 

SÉPTIMO. Respecto a los señalamientos de fraude, cualquier persona que tenga sentido común o conozca los elemental del derecho, sabrá que no existe delito cuando el contrato está vigente, aún no se termina el plazo del cumplimiento pactado y ese es el caso particular.

 

Agradecemos la atención a la presente, y los exhortamos a no dejarse sorprender por personas que, buscando lucimiento personal, terminan afectando a la gente de buena fe.

 

 

Atte.

Sr. Guillermo Cauich Dura

Sra. María Candelaria Cetz Puch

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